Reglamento
Artículo 2 — De las funciones sustantivas para el ejercicio de la Rectoría en Salud — Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud
- Número
- 85308
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
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CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2
De las funciones sustantivas para el ejercicio de la Rectoría en Salud
Vigente desde 20 de septiembre de 2019 · texto SINALEVI
Para ejercer la Rectoría, el Ministerio ejecuta, de manera continua, sistemática, proactiva, multidisciplinaria, sectorial, intersectorial y participativa, las funciones sustantivas para el ejercicio de la Rectoría en Salud. Estas Funciones, no excluyentes entre sí, son: · Dirección y Conducción Política de la Salud. · Vigilancia de la Salud. · Planificación de la Salud. · Modulación del Financiamiento de los Servicios de Salud. · Armonización de la Provisión de los Servicios de Salud. · Regulación de la Salud.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)