Reglamento
Artículo 28 — Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente y Energía
- Número
- 66973
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
CAPÍTULO II
Viceministerio de Ambiente
Artículo 28
Vigente desde 25 de febrero de 2026 · texto SINALEVI
De la conformación y funciones de la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad. Refiérase a la Ley de Biodiversidad Nº 7788, del 30 de abril de 1998.
(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 36437 del 24 de enero del 2011)