Reglamento
Artículo 10 — De la Dirección de Asesoría Jurídica — Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente y Energía
- Número
- 66973
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO LL
CAPÍTULO II
Órganos Superiores de la Administración
Créase la Dirección de Asesoría Jurídica del MINAE, como asesoría especializada, con el objetivo principal de asesorar, orientar, gestionar y emitir criterios de manera eficaz y eficiente, en los asuntos jurídicos sometidos a su conocimiento dentro de la competencia del Ministerio, sus órganos internos y externos, incluyendo los órganos desconcentrados del Sector Ambiente, conforme a la normativa nacional e internacional vigente.
La Dirección de Asesoría Jurídica del MINAE, es una asesoría especializada centralizada, adscrita al despacho ministerial.
La Dirección de Asesoría Jurídica estará conformada por un Director y las Unidades de Contratación Pública y Convenios, Unidad de Asesoría Técnico-Jurídica y Normativa, Unidad de Gestiones Jurídicas y Unidad de Procedimientos Laborales y Órganos Administrativos.
La Dirección de Asesoría Jurídica, integra las asesorías jurídicas de las áreas temáticas relativas a las materias de meteorología, aguas, energía, combustibles, gestión de calidad ambiental, gestión de biodiversidad, evaluación ambiental, áreas silvestres protegidas, forestal, vida silvestre, cuencas hidrológicas, Patrimonio Natural del Estado, marino costero, zona marítimo terrestre, cambio climático e hidrocarburos.
Para efectos administrativos, las asesorías jurídicas regionalizadas, incluyendo a los órganos desconcentrados, actuarán desde sus sedes regionales bajo la dirección funcional de la Dirección de Asesoría Jurídica, la atención de competencias de las normas legales propias de los órganos desconcentrados, y de las leyes especiales que atienden los otros entes, bajo el Principio de coordinación y cooperación institucional.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44859 del 18 de diciembre del 2024)