Reglamento
Artículo 31 — Principio de rogación. El Registro Inmobiliario tramita únicamente los documentos que son presentados para su inscripción y la presentación formal del documento significa la solicitud de registración — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Generalidades del Registro Inmobiliario
CAPÍTULO QUINTO
Principios registrales
Artículo 31
Principio de rogación. El Registro Inmobiliario tramita únicamente los documentos que son presentados para su inscripción y la presentación formal del documento significa la solicitud de registración
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
En los documentos presentados para inscripción en el Departamento Inmobiliario Registral se consideran rogados todos los actos o contratos contenidos y referentes a derechos reales inscribibles, salvo que desde el primer ingreso del documento se indique lo contrario.