Reglamento
Artículo 309 — Presentación de la solicitud de cancelación de asientos irregulares — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO SEXTO
Saneamiento de las inexactitudes en la publicidad de origen extra registral
Artículo 309
Presentación de la solicitud de cancelación de asientos irregulares
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
El escrito inicial de la solicitud de cancelación de asientos, se presentará ante la Dirección del Registro Inmobiliario. Cuando faltare algún requisito en el escrito, se le prevendrá a la parte gestionante, para que lo subsane en un plazo no mayor de quince días hábiles. De no cumplirse con lo exigido se rechazará y archivará la solicitud.
Cuando existiendo un asiento registral irregular, surge la inactividad procesal de la parte gestionante, la persona directora o subdirectora registral deberá continuar de oficio con el procedimiento, siempre y cuando, consten en el expediente indicios suficientes para presumir la inexistencia de matriz o diferencias de fondo de esta respecto del documento cuestionado.