Reglamento
Artículo 307 — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO SEXTO
Saneamiento de las inexactitudes en la publicidad de origen extra registral
Artículo 307
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Legitimación para solicitar la cancelación de asientos de presentación provisional o de inscripción definitiva de origen irregular. La solicitud de cancelación de asientos irregulares podrán realizarla las personas interesadas o afectadas de la anotación provisional o de la inscripción definitiva de origen irregular.
No podrán alegarse derechos derivados directamente de un asiento registral originado en documentación irregular e inexistente, salvo los del tercero registral protegido por el principio de fe pública registral.