Reglamento
Artículo 281 — Recurso de apelación — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO CUARTO
Procedimiento de gestión administrativa
Contra la resolución final que resuelva o rechace la gestión administrativa, procederá el recurso de apelación ante el Tribunal Registral Administrativo, el cual deberá interponerse en la Dirección del Registro Inmobiliario dentro del plazo de cinco días hábiles.
Presentada en tiempo y forma la apelación, la persona directora o subdirectora competente, la admitirá y emplazará por tres días hábiles a las partes que se hubieren apersonado al procedimiento ante el Tribunal Registra} Administrativo. Asimismo, se deberá remitir el expediente y todos sus antecedentes, dentro del plazo de los tres días hábiles contado a partir de la notificación de la resolución que admita el recurso.