Reglamento
Artículo 263 — Legitimación para promover la gestión administrativa — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO CUARTO
Procedimiento de gestión administrativa
Artículo 263
Legitimación para promover la gestión administrativa
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Pueden promover la gestión administrativa las personas titulares de los derechos inscritos o anotados, que se encuentren vigentes en el Registro y toda aquella persona que demuestre tener interés legítimo o derecho subjetivo, que pueda resultar afectado, lesionado o insatisfecho, de acuerdo con los asientos registrales y/o catastrales, caso contrario se deberá prevenir la falta de legitimación activa.