Reglamento
Artículo 252 — Rectificación de la inexactitud por otra persona registradora — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO SEGUNDO
Saneamiento oficioso de las inexactitudes en la publicidad de origen registral
Artículo 252
Rectificación de la inexactitud por otra persona registradora
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Al existir una inexactitud en la publicidad de origen registral derivada del proceso de calificación por la persona registradora y ésta tuviere impedimento justificado para corregir o autorizar la rectificación respectiva, la practicará quien designe la persona directora o subdirectora competente, en cuyo caso la persona funcionaria asignada consignará una nota marginal en el asiento de presentación del documento correspondiente, haciendo constar en el sistema la designación encomendada.