Reglamento
Artículo 63 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
Trabajos en concreto armado, albañilería y acabados
Artículo 63
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Se debe señalizar las zonas de tránsito peatonal y vehicular en presencia de maquinaria, según las características de cada proyecto de construcción.