Reglamento
Artículo 36 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
De las Demoliciones
SECCIÓN III
Durante el proceso de las demoliciones
Artículo 36
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Cuando la demolición se interrumpa no se debe dejar la obra en estado tal que presente peligro de desprendimientos o de colapso.