Reglamento
Artículo 18 — Reglamento General de los Riesgos del Trabajo
- Número
- 8296
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 18
Vigente desde 7 de abril de 1982 · texto SINALEVI
La estructura de las prestaciones vigentes incluirá la suma global que se reconoce para cubrir gastos de entierro y traslado del cadáver; la suma máxima sobre la cual se reconoce el ciento por ciento del salario diario según las reglas del articulo 236 del Código de Trabajo, y de igual manera, el salario anual máximo sobre el cual se aplica el ciento por ciento de renta anual, conforme al artículo 241 del citado Código, así como la cuantía básica de las prestaciones que se fijan en los artículos 240 y 241 ibídem.