Reglamento
Artículo 19 — Mecanismo de evaluación de cumplimiento — Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos
- Número
- 74462
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN PARA LA GESTIÓN
SECCIÓN II
PLAN NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
El Ministerio de Salud deberá ejercer el control para el cumplimiento por parte de los actores de las responsabilidades establecidas en las acciones estratégicas del plan. Para esto realizará las siguientes acciones:
a. Convocar en forma semestral, a los actores responsables para coordinar las acciones relativas al cumplimiento del plan nacional b. Evaluar periódicamente los impactos de la aplicación del plan de conformidad con el instrumento que al respecto establezca el Ministerio de Salud.
c. Solicitar una vez al año a los actores con responsabilidades asignadas en el plan, un informe sobre la implementación y cumplimiento de las acciones estratégicas que les corresponden.