Reglamento
Artículo 226 — Fase de Acompañamiento. Contempla la ejecución del proceso de atención profesional a través del Plan de Acciones Inmediatas o del Plan de Atención Profesional, según corresponda — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
PROCESO DE ATENCIÓN PROFESIONAL
CAPÍTULO III
FASES DE EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN
SECCIÓN I
PARA CENTROS U OFICINAS
Artículo 226
Fase de Acompañamiento. Contempla la ejecución del proceso de atención profesional a través del Plan de Acciones Inmediatas o del Plan de Atención Profesional, según corresponda
Vigente desde 23 de enero de 2018 · texto SINALEVI
Es la labor sustantiva del accionar penitenciario, en la que se desarrolla el plan de atención, se da seguimiento a los alcances del proceso de ejecución de las sanciones, medidas o sentencias, y se brindan los informes profesionales de valoración que dan cuenta de los resultados obtenidos.
Esta fase también contempla los traslados entre centros del mismo nivel y los cambios de nivel.