Reglamento
Artículo 223 — Fase de ingreso — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
PROCESO DE ATENCIÓN PROFESIONAL
CAPÍTULO III
FASES DE EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN
SECCIÓN I
PARA CENTROS U OFICINAS
Inicia con el ingreso de la persona privada de libertad a cualquiera de los niveles de atención del sistema penitenciario nacional. El ingreso procede por:
- Orden de una autoridad jurisdiccional competente;
- Acuerdo de la autoridad central ejecutora de transferencia de personas sentenciadas, tratándose de nacionales trasladados desde el extranjero; o
- Traslado de otro centro o unidad del sistema penitenciario nacional.
En los casos de presentación voluntaria se requerirá inmediatamente a la autoridad jurisdiccional competente la remisión de la información y documentación del caso. El ingreso se ejecutará una vez que se tenga la información y documentación.