Reglamento
Artículo 198 — Organización y funcionamiento — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
PROCESO DE ATENCIÓN PROFESIONAL
CAPÍTULO II
ACTIVIDADES DE FORMACIÓN, OCUPACIÓN Y CAPACITACIÓN
SECCIÓN I
SOBRE LAS ACTIVIDADES
El Instituto Nacional de Criminología, por medio de los Consejos Interdisciplinarios y los Consejos de Intervención Profesional, organizará, dirigirá y supervisará las actividades que realice la persona privada de libertad, tomando en cuenta las posibilidades ocupacionales y las habilidades, destrezas y conocimientos de la persona.