Reglamento
Artículo 103 — Atención en situaciones de riesgo — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
ESPACIOS ESPECIALES
CAPÍTULO II
MATERNO INFANTIL
SECCIÓN III
OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PENITENCIARIA
La administración penitenciaria en coordinación con el Patronato Nacional de la Infancia, establecerán los protocolos respectivos para atender situaciones de riesgo para la persona menor de edad bajo el cuido de la madre, velando siempre por el interés superior del niño y la niña. Todas las acciones de protección a las personas menores de edad en el módulo Materno Infantil se informarán al Patronato Nacional de la Infancia, para su intervención y seguimiento.