Reglamento
Artículo 96 — De la presentación de la gestión — Reglamento del Registro Público
- Número
- 55371
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
De la Gestión Administrativa
CAPÍTULO II
Del Procedimiento
El escrito inicial de la gestión administrativa se presentará ante la Dirección. Si éste no cumpliere todos los requisitos, se rechazará ad-portas. Si por alguna circunstancia se recibiere y faltare algún requisito en el escrito, se le prevendrá a la parte para que lo subsane en un plazo no mayor de 15 días. Si no cumpliere lo exigido se rechazará la gestión y se archivará el expediente.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 28541del 6 de marzo de 2000, que lo traspasó del antiguo artículo 94 al 96 actual)