Reglamento
Artículo 85 — Personas jurídicas intervinientes en la fundación de la sociedad mercantil — Reglamento del registro de personas jurídicas
- Número
- 102851
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
DE LA REGISTRACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
CAPÍTULO LL
De la constitución de la sociedad mercantil
Artículo 85
Personas jurídicas intervinientes en la fundación de la sociedad mercantil
Vigente desde 24 de septiembre de 2024 · texto SINALEVI
Las personas jurídicas intervinientes en la fundación de la sociedad mercantil deben encontrarse al día con las diferentes obligaciones establecidas por el ordenamiento jurídico.
Las personas jurídicas extranjeras constituyentes deben acreditar su existencia y facultades del compareciente para el acto. No se asignará de oficio cédula jurídica nacional a la persona jurídica extranjera constituyente.