Reglamento
Artículo 17 — Seguridad Jurídica — Reglamento del registro de personas jurídicas
- Número
- 102851
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
DE LA FUNCIÓN REGISTRAL
CAPÍTULO I
De los valores aplicados a la registración en Personas Jurídicas
El Registro de Personas Jurídicas como registro adscrito al Registro Nacional, es garante protector de la dinámica de la producción de riqueza dentro del mercado de bienes, actos y contratos mercantiles y de personas jurídicas inscribibles.
Nuestro sistema de seguridad jurídica preventiva deriva de la articulación material y formal de actividades profesionales y técnicas registrales aplicados a la rogación de inscripción de instrumentos públicos notariales, judiciales y administrativos, dotados jurídicamente de certeza, validez y eficacia; todo lo cual hace posible la publicidad de asientos registrales que aseguren la certeza y eficacia jurídica de la información que los terceros consulten acorde con sus necesidades contractuales mercantiles y civiles.