Reglamento
Artículo 30 — Límites máximos para el reuso de aguas residuales ordinarias — Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales
- Número
- 59524
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
Reuso de aguas residuales
Artículo 30
Límites máximos para el reuso de aguas residuales ordinarias
Vigente desde 19 de marzo de 2007 · texto SINALEVI
Cualquier agua residual ordinaria que sea reusada, deberá cumplir con las características microbiológicas establecidas en la Tabla 7 dada a continuación.
TABLA 7 LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA EL REUSO DE AGUAS RESIDUALES ORDINARIAS TIPO DE REUSO PARÁMETROS Nematodos intestinales (promedio aritmético Nº De huevos por litro) Coliformes Fecales (NMP/100 mL) (1) (1) Los análisis microbiológicos se practicarán en una muestra compuesta de al menos seis muestras simples distribuidas en el período diario de reuso. Los resultados se reportarán en unidades consistentes con el método de análisis empleado.
Tipo 1 1 1 000 Tipo 2 1 10 000 Tipo 3 1 1 000 (2) (2) ara árboles frutales no se deberá utilizar riego por aspersión. El parámetro para coliformes fecales puede variar hasta 105 NMP/100 mL, siempre y cuando se suspenda el riego dos semanas antes de la cosecha y no se recojan los frutos caídos.
Tipo 4 1 10 000 (3) (3) El riego debe cesar dos semanas antes de la cosecha.
Tipo 5 1 ------(4) (4) Debe evitarse el pastoreo de ganado durante los quince días siguientes a la finalización del riego. Si no se respeta este período, la concentración de coliformes fecales no deberá exceder 1000 NMP/100 mL.
Tipo 6 (5) (5)El agua reusada no debe ser irritante para la piel o los ojos. El agua reusada debe ser clara, y no debe presentar olores molestos ni contener sustancias tóxicas por ingestión. 1 10 000 Tipo 7 1 ------ Tipo 8 1 1 000