Reglamento
Artículo 25 — Inspección de documentos — Reglamento de Requisa a Personas e Inspección de Bienes en el Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 53963
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
De la inspección de bienes que ingresan a o egresan de los centros
Tratándose de sobres con cartas, telegramas, u otros documentos privados, debe respetarse el derecho a la intimidad, la libertad y el secreto de las comunicaciones. Solo en caso de existir sospechas fundadas sobre la existencia de alguna anomalía, se podrá solicitar al destinatario, que los abra en presencia del personal penitenciario, para evitar el ingreso de objetos o sustancias ilícitas o no permitidas, .y bajo ninguna circunstancia i funcionario responsable de la ejecución de esa tarea puede leer el texto le las comunicaciones escritas que contenga.