Reglamento
Artículo 85 — Procedimiento de revisión de la resolución determinativa de la obligación tributaria — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
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TÍTULO II
Del procedimiento tributario
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
SECCIÓN IV
Recursos
Artículo 85
Procedimiento de revisión de la resolución determinativa de la obligación tributaria
Vigente desde 6 de julio de 2018 · texto SINALEVI
Notificada la resolución que determina la obligación tributaria a que se refieren los artículos 127 y 163 de este Reglamento, dentro de los treinta días hábiles siguientes el sujeto pasivo podrá recurrirla, interponiendo potestativamente:
- Recurso de revocatoria ante el órgano de la Administración Tributaria que la dictó.
- Recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo.
- Demanda en sede contencioso-administrativa, pudiendo interponerse aun cuando no se hubiere interpuesto alguno o ninguno de los recursos anteriormente señalados.
Interpuesto el recurso de revocatoria y también el recurso de apelación, dentro del plazo establecido para recurrir, se tramitará el presentado en primer lugar y se declarará inadmisible el segundo, sin perjuicio del derecho que le asiste al interesado de interponer, si así lo decide, el recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, contra la resolución que resuelve el de revocatoria.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41330 del 6 de julio de 2018)