Reglamento
Artículo 30 — Delegado Regional y Subjefe de la Delegación Regional — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
Artículo 30
Delegado Regional y Subjefe de la Delegación Regional
Vigente desde 5 de marzo de 2014 · texto SINALEVI
El Delegado Regional y el Subjefe de la Delegación Regional, serán de nombramiento de la Dirección General del Servicio Civil, y deberán contar con el grado académico mínimo de Licenciatura en alguna de las carreras como Administración, Derecho, Criminología, Investigación Criminal, Criminalística, Ciencias Policiales, o aquellas carreras atinentes a la materia policial migratoria, según lo determine la Gestión de Recursos Humanos. El Delegado, con seis años de experiencia en labores Profesionales y Policiales debidamente certificados, de los cuales al menos cuatro años sean de experiencia en supervisión de personal. El Sub Jefe, deberá contar con al menos cuatro años de experiencia en labores Profesionales y Policiales debidamente certificados, de los cuales al menos dos años sean de experiencia en supervisión de personal.