Reglamento
Artículo 22 — Unidad Policial de Apoyo Profesional — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
La Unidad Policial de Apoyo Profesional tendrá las siguientes funciones:
- Brindar apoyo y asesoramiento a los integrantes de las unidades de la Policía de Migración.
- Emitir criterio técnico relativo a las actuaciones policiales, cuando sea requerido o las circunstancias lo ameriten.
- Brindar apoyo legal y profesional policial en los operativos de rutina y en todos los que planifique la Policía de Migración, cuando así lo requiera.
- Emitir las recomendaciones necesarias que aseguren el ejercicio de las garantías constitucionales y el mantenimiento del orden público y la paz social, cuando así lo soliciten las unidades policiales.
- Colaborar con la Asesoría Legal Policial en la tramitación de los recursos de hábeas corpus y de amparo, incoados contra los funcionarios policiales.
- Otorgar la capacitación legal y técnica requerida por los oficiales policiales.
- Otorgar el apoyo legal oportuno y razonable, en las causas judiciales incoadas contra los funcionarios policiales, así como en aquellas en las cuales figuran como víctimas, y darles el seguimiento necesario a las resultas del proceso penal.
- Todas las labores policiales propias del cargo.