Reglamento
Artículo 20 — Gestión de Investigación, Análisis e Inteligencia Policial — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
Artículo 20
Gestión de Investigación, Análisis e Inteligencia Policial
Vigente desde 5 de marzo de 2014 · texto SINALEVI
La Gestión de Investigación, Análisis e Inteligencia Policial estará conformada por las unidades de Trata y Tráfico de Personas y Crimen Organizado, Corrupción, Matrimonios por conveniencia, Documentación Fraudulenta, Irregularidades Migratorias Internas y Análisis e Inteligencia. Desempeñará las siguientes funciones:
- Procesar toda la información relacionada con delitos, cuasidelitos y faltas en las que incurran las personas extranjeras dentro del territorio nacional, de conformidad con la Ley de Migración vigente.
- Dar seguimiento en conjunto con la fiscalía respectiva, a toda información que se reciba por cualquier medio relacionado con los delitos que se procesen por crimen organizado y trata de personas.
- Rendir informes al fiscal asignado, sobre los avances que surjan en el desarrollo de la investigación, cuando ostenten la dirección funcional.
- Prestar colaboración a las demás unidades de la DGME, no obstante, la información que los integrantes de dicha Unidad procesen no debe ser revelada bajo ninguna circunstancia a miembros de otras unidades u otras policías, salvo autorización legal u orden de juez.
- Investigar cualquier información relacionada con los delitos de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, así como cualquier otra infracción de naturaleza migratoria según lo dispuesto en la legislación vigente.
- Mantener una base de datos confiable con la información de los casos, investigaciones y seguimientos que realice.
- Realizar investigaciones, detenciones, aprehensiones, allanamientos y demás diligencias policiales en coordinación con Ministerio Público y con otras unidades policiales cuando corresponda.
- Verificar la autenticidad de los documentos que están en estudio o de los que se tengan indicios de fraude, en coordinación con otros entes policiales cuando se estime necesario.
- Preparar investigaciones y trabajos de inteligencia sobre los casos reportados.
- Mantener coordinación permanente con las unidades operacionales que funcionan a escala regional.
- Dirigir la actividad de inteligencia policial, en coordinación con la Dirección Policial.
- Mantener coordinación y comunicación permanente con las Delegaciones y Oficinas Regionales cuando sea necesario.
- Planear y ejecutar las operaciones abiertas o encubiertas para la obtención de información policial y para la resolución de casos de investigación.
- Promover el desarrollo de programas y actividades de adiestramiento y capacitación para sus colaboradores.
- Instruir a sus colaboradores sobre asuntos legales relacionados con los procedimientos a aplicar.