Reglamento
Artículo 9 — Hecho generador en las ventas en consignación y el apartado de bienes — Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado
- Número
- 88953
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Del Objeto y del Hecho Generador
Artículo 9
Hecho generador en las ventas en consignación y el apartado de bienes
Vigente desde 1 de julio de 2019 · texto SINALEVI
El hecho generador en las ventas en consignación se devengará en el momento en que el consignatario entregue el bien en consignación al adquirente, y en los apartados de bienes en el momento en que el bien queda apartado.