Reglamento
Artículo 16 — Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado
- Número
- 88953
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO
Artículo 16
Vigente desde 1 de julio de 2019 · texto SINALEVI
Reducción de la base imponible del impuesto en la venta de bienes La base imponible se reducirá respecto de los siguientes importes:
- Envases y embalajes susceptibles de reutilización, que hayan sido objeto de devolución.
- Bienes devueltos según las prácticas comerciales, así como los bienes entregados enconsignación y no vendidos.
- Cuando una operación que implique la venta de un bien quede total o parcialmente sin efecto al estar firme el dictado de una resolución judicial o administrativa, la base imponible se modificará en la cuantía correspondiente.
De igual manera, la base imponible se modificará, en aquellas operaciones gravadas que con arreglo a derecho o a los usos de comercio debidamente reconocidos por una cámara de comercio nacional, o tratados celebrados con organismos internacionales debidamente ratificados en el país, queden sin efecto.