Reglamento
Artículo 25 — Buzón para depósito de documentos defectuosos — Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional
- Número
- 94073
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
Trámites ante la Dirección de Servicios
CAPÍTULO PRIMERO
Sobre la recepción de documentos para los Registros de
SECCIÓN SEGUNDA
Sobre la presentación física de documentos
Artículo 25
Buzón para depósito de documentos defectuosos
Vigente desde 16 de julio de 2026 · texto SINALEVI
La DSE dispondrá de un buzón en Sede Central, en el cual las personas usuarias podrán depositar únicamente documentos calificados defectuosos, durante el horario de la recepción de documentos en ventanilla, a excepción de los documentos de Propiedad Intelectual. La DSE no se hará responsable por la pérdida o el extravío de los documentos ahí depositados.