Reglamento
Artículo 61 — Publicidad de sesiones y acceso a documentos — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
LAS COMISIONES CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA
CAPÍTULO III
HORARIO Y SESIONES
Artículo 61
Publicidad de sesiones y acceso a documentos
Vigente desde 1 de mayo de 1982 · texto SINALEVI
Las sesiones de las Comisiones Legislativas Plenas serán públicas, salvo lo establecido en el inciso j) del artículo 56 de este Reglamento.
Habrá libre acceso a cualquier documento de los expedientes en poder de estas Comisiones y de los documentos relacionados con ellos.