Reglamento
Artículo 48 — Recibo de documentos sujetos a término fijo — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
EL PLENARIO
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES ADICIONALES
Artículo 48
Recibo de documentos sujetos a término fijo
Vigente desde 1 de mayo de 1982 · texto SINALEVI
Los documentos o comunicaciones que deban ser conocidos por la Asamblea Legislativa, y cuya presentación está sujeta a término fijo se entregarán, directamente, a uno de los Secretarios del Directorio o en la Dirección Ejecutiva, mediante razón de recibo en la que se indiquen la hora y la fecha.