Reglamento
Artículo 31 — Deberes y atribuciones de los Prosecretarios — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
EL PLENARIO
CAPÍTULO II
EL DIRECTORIO
SECCIÓN IV
De los Secretarios y Prosecretarios
Artículo 31
Deberes y atribuciones de los Prosecretarios
Vigente desde 1 de mayo de 1982 · texto SINALEVI
Cuando los Prosecretarios sustituyan a los Secretarios, tendrán las mismas atribuciones y los mismos deberes que éstos. Igualmente los tendrán los secretarios ad hoc, en las oportunidades en que ocupen esos puestos.