Reglamento
Artículo 237 — Publicación y consulta de gastos — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
REFORMAS AL REGLAMENTO
El Directorio está obligado a publicar mensualmente en el Diario Oficial, el detalle de todos los gastos ordinarios y extraordinarios de la Asamblea.
Los gastos extraordinarios, cuando fueren mayores de mil colones, deberán consultarse previamente a la Asamblea.
(Corrida su numeración mediante sesión N° 31 del 4 de marzo del 2019 , que lo traspasó del antiguo artículo 211 al 237)