Reglamento
Artículo 181 — Prioridad en el orden del día — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS EXTRAORDINARIOS
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
SECCIÓN II
TRAMITACIÓN DE UN PROYECTO CUANDO ESTÉ EN COMISIÓN
Cuando el proyecto de ley esté pendiente de su trámite en comisión, este ocupará el primer lugar del orden del día a partir de la sesión siguiente a la firmeza de la aprobación de la moción de orden en el Plenario, o a partir de su ingreso al orden del día.
No será admisible ninguna moción de orden que pretenda alterar su prevalencia.
(Así adicionado mediante sesión N° 31 del 4 de marzo del 2019)