Reglamento
Artículo 313 — Reglamento de Control Migratorio
- Número
- 71185
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO DÉCIMO
SEGUNDO
CAPÍTULO TERCERO
Del Salvoconducto
Artículo 313
Vigente desde 26 de septiembre de 2011 · texto SINALEVI
Para solicitar un salvoconducto específico, se deberá presentar los siguientes requisitos:
a. Solicitud suscrita por el representante legal de la organización o entidad pública o privada, indicando el tipo de actividad, sea cultural, educativa, deportiva u otras.
b. Copia por ambos lados de la cédula de identidad, vigente y en buen estado de los participantes.
c. Dos fotografías de frente tamaño pasaporte, de fecha reciente.
d. Comprobante de pago del costo del documento y derechos de ley, según lo que establece los artículos 251 y 252 de la Ley Nº 8764, así como la Ley de Parques Nacionales.