Reglamento
Artículo 311 — Reglamento de Control Migratorio
- Número
- 71185
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO DÉCIMO
SEGUNDO
CAPÍTULO TERCERO
Del Salvoconducto
Artículo 311
Vigente desde 26 de septiembre de 2011 · texto SINALEVI
Para solicitar el salvoconducto general, el interesado deberá aportar los siguientes requisitos:
a. Solicitud en la que explique las circunstancias calificadas, de emergencia o fuerza mayor, que le impiden obtener el pasaporte ordinario, adjuntando documento de comprobación.
b. Original y copia por ambos lados de cédula de identidad, vigente y en buen estado.
c. Dos fotografías de frente tamaño pasaporte, de fecha reciente.
d. Comprobante del pago del costo del documento y derechos de ley correspondientes, según se establece en los artículos 251 y 252 de la Ley Nº 8764 y la Ley de Parques Nacionales.