Reglamento
Artículo 34 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
La Comisión
SECCIÓN V
De la organización de la Comisión
Artículo 34
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
La Comisión definirá las acciones de trabajo operativas y las reglas internas para su funcionamiento. Cuando exista empate en la toma de los acuerdos, la persona que ocupe el cargo de coordinación tendrá voto doble.