Reglamento
Artículo 50 — De las licencias y de los permisos — Reglamento a la Ley Marco de Empleo Público
- Número
- 99014
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IX
SUBSISTEMA GESTIÓN DE LAS RELACIONES LABORALES
Las licencias y los permisos que se concedan a las personas servidoras de las instituciones cubiertas bajo la rectoría de MIDEPLAN, serán las expresamente dispuestas en la Ley Marco de Empleo Público, N° 10.159 y las contempladas en el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento. Las licencias y permisos que se otorguen deberán ser comunicadas a la Dirección General de Servicio Civil.