Reglamento
Artículo 143 — De la instalación de la red — Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones
- Número
- 64029
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Servicios de radiodifusión y televisión
CAPÍTULO II
Del servicio de televisión y audio por suscripción
SECCIÓN II
Operación e instalación de la red
Las disposiciones de esta sección son aplicables al servicio de televisión y audio por suscripción en el segmento que utilice el espectro radioeléctrico a que se refiere la concesión otorgada por el Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las obligaciones que correspondan al concesionario, de conformidad con las disposiciones aplicables, por la prestación de otros servicios de telecomunicaciones que se proporcionen a través de la misma red, para los cuales deberá obtener la autorización o permiso respectivo según las disposiciones vigentes en materia de telecomunicaciones.