Reglamento
Artículo 52 — Profesionalización para la consecución de los objetivos de compra pública estratégica — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO IV
CONTRATACIÓN PÚBLICA ESTRATÉGICA
SECCIÓN I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 52
Profesionalización para la consecución de los objetivos de compra pública estratégica
Vigente desde 1 de diciembre de 2022 · texto SINALEVI
La estrategia de profesionalización que se defina oportunamente en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley General de Contratación Pública, deberá incorporar los objetivos de política pública, indicadores, estrategia y lineamientos en materia de contratación pública estratégica, así como generar el conocimiento de herramientas operativas necesarias para su debida implementación.