Reglamento
Artículo 320 — Estrategia de profesionalización en contratación pública — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
RECTORÍA EN CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO III
PROFESIONALIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS UNIDADES DE COMPRAS EN LA
Artículo 320
Estrategia de profesionalización en contratación pública
Vigente desde 1 de diciembre de 2022 · texto SINALEVI
Con la finalidad de fortalecer las destrezas de los actores del sector público en los procesos de las compras públicas, se deberá promover el actuar ético de los funcionarios públicos, facilitando la adaptación de los funcionarios a un entorno cambiante y dotándolos de la formación complementaria para que sean más eficientes y estratégicos en el desempeño de sus funciones. La Autoridad de Contratación Pública definirá la estrategia de profesionalización de quienes se desempeñen en cargos relacionados con procesos de adquisición, por medio de acciones que favorezcan su formación, actualización y evaluación.
La Dirección de Contratación Pública como órgano ejecutor de la Autoridad de Contratación Pública, preparará las propuestas de directrices para aprobación de esa Autoridad y gestionará las acciones tendientes a promover la profesionalización del personal de la Administración; para ello propiciará procesos de formación y actualización continua y mecanismos de evaluación, que permitan preparar a los funcionarios públicos en el desarrollo de compras estratégicas, eficientes y eficaces, con el fin de adquirir bienes, servicios y obras que satisfagan adecuadamente las necesidades e intereses institucionales para alcanzar sus objetivos y metas, maximizando a la vez el ahorro en precios y tiempos asociados a los procesos de compra, para el correcto uso de los fondos públicos y en cumplimiento de la normativa vigente.
Para la implementación de la profesionalización, la Autoridad de Contratación Pública y la Dirección de Contratación Pública, podrán solicitar asesoría y apoyo técnico a los entes competentes relacionados con la materia, los cuales deberán atender el requerimiento realizado en el ámbito de sus competencias.
La Dirección de Contratación Pública, podrá impulsar convenios con entidades como universidades, centros de formación o sujetos de derecho internacional público, con la finalidad de mejorar las capacidades y competencia del personal de la contratación pública y su profesionalización.