Reglamento
Artículo 31 — Información del Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO III
CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA
SECCIÓN I
SISTEMA DIGITAL UNIFICADO, BANCO DE PRECIOS, RAZONABILIDAD DEL
Artículo 31
Información del Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas
Vigente desde 1 de diciembre de 2022 · texto SINALEVI
Para inscribirse en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema digital unificado, los interesados deben registrar de manera obligatoria los siguientes datos:
- Identificación del proveedor. Nombre, razón o denominación social y número de cédula física, jurídica, nacionalidad de persona física, residencia o identificación en el caso de proveedores extranjeros, según corresponda.
En el caso de una persona jurídica se deberá indicar: Información del representante legal o apoderado incluyendo las facultades y limitaciones del mandato que deberá incluir en el Sistema Electrónico de Reconocimiento (SER), indicación de la fecha de inscripción y fecha de expiración, número y tipo de acciones, monto de las acciones o cuotas, ya sea nominal o real, propiedad, distribución del capital (titulares y distribución), país de constitución de la sociedad en caso de ser extranjero. El proveedor registrado será responsable de mantener actualizada dicha información.
- Domicilio electrónico permanente. Corresponde a la dirección de correo electrónico en la que el oferente recibirá las notificaciones, el cual podrá ser variado en cualquier momento previa comunicación a la Administración; asimismo, se indicará un correo electrónico subsidiario. Además, señalará el número o números telefónicos y la dirección física. Para aplicar la notificación automática, es indispensable agotar el medio subsidiario.
- Bienes obras o servicios ofrecidos. El oferente deberá señalar: i) Actividad a la que se dedica; ii) Obras, bienes y/o servicios que ofrece según el código de clasificación; iii) Indicar si es proveedor o subcontratista; si está registrado como PYMES debe señalar el número de registro y su categoría, así como el país de origen del bien, obra y/o servicio que ofrece y; iv) La zona geográfica para la cual ofrece sus bienes, obras y/o servicios.
Además de la información antes detallada, el proveedor podrá incluir en el sistema digital unificado, su sitio web, número telefónico del centro de servicio, métodos de producción, normas universales de calidad, distribución de planta, manejo sustentable de bienes, obras y/o servicios, y cualquier otro aspecto o dato que por interés de la Administración se considere importante incorporar a ese registro.