Reglamento
Artículo 240 — Registro de reglamento de tipo abierto — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
TIPOS Y MODALIDADES DE CONTRATO
CAPÍTULO IX
TIPOS ABIERTOS
Artículo 240
Registro de reglamento de tipo abierto
Vigente desde 1 de diciembre de 2022 · texto SINALEVI
La Dirección de Contratación Pública contará con un registro actualizado de reglamentos de tipos abiertos en el sitio que la Dirección determine para tal fin, que deberá estar disponible para consulta de cualquier interesado. La Administración podrá utilizar figuras reguladas en reglamentos preexistentes, siempre y cuando cumpla con los requisitos dispuestos en el artículo anterior.
Cuando la Administración pretenda emitir un reglamento correspondiente a una figura contractual ya regulada en el registro deberá exponer las razones por las cuales la existente no resulta útil a sus intereses. En tal caso deberá gestionar un nuevo reglamento siguiendo el procedimiento dispuesto en el artículo anterior.