Reglamento
Artículo 131 — Cambios de participación en el consorcio — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
SECCIÓN III
OFERTA
Artículo 131
Cambios de participación en el consorcio
Vigente desde 1 de diciembre de 2022 · texto SINALEVI
La Administración podrá fijar en el pliego de condiciones, reglas para que los encargados de ejecutar ciertas partes del objeto mantengan determinada participación en el acuerdo consorcial o en el capital social de la persona jurídica, en los casos en que se llegue a constituir, cuando así se solicite, por el tiempo que se estime necesario.