Reglamento
Artículo 62 — Efectos de la inscripción de la rectificación — Reglamento a la Ley de Catastro Nacional
- Número
- 62555
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
De la presentación y calificación
CAPÍTULO V
Forma y subsanación de errores
Artículo 62
Efectos de la inscripción de la rectificación
Vigente desde 27 de septiembre de 2008 · texto SINALEVI
La inscripción de la rectificación, surtirá efecto a partir de la fecha en que se realice, sin perjuicio del derecho que puedan tener los terceros, para reclamar en vía judicial contra la falsedad o nulidad del plano, a que se refiere la inscripción que contenía el error.