Reglamento
Artículo 18 — De las solicitudes del titular hacia el responsable — Reglamento a la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales
- Número
- 74352
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
De los Derechos de los Titulares y su Ejercicio
Artículo 18
De las solicitudes del titular hacia el responsable
Vigente desde 5 de marzo de 2013 · texto SINALEVI
El responsable, deberá dar trámite a toda solicitud para el ejercicio de los derechos personales del titular. El plazo para que se atienda la solicitud será de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente en que la misma haya sido recibida por el responsable, en cuyo caso éste anotará en el acuse de recibo que entregue al titular, la correspondiente fecha de recepción.
El plazo señalado se interrumpirá en caso de que el responsable requiera información adicional al titular.