Reglamento
Artículo 154 — De la RED de organizaciones de consumidores — Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor
- Número
- 75696
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
SECCIÓN ÚNICA
Artículo 154
De la RED de organizaciones de consumidores
Vigente desde 2 de mayo de 2024 · texto SINALEVI
Créese la RED ODEC como un mecanismo de coordinación entre las Organizaciones de Consumidores registradas ante la DAC para el desarrollo de acciones, programas y proyectos tendientes a promover los derechos de los consumidores.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44400 del 26 de febrero del 2024) (Así modificada su numeración por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 44400 del 26 de febrero del 2024, que lo traspasó del antiguo artículo 218 al artículo 154, ya que dicho decreto ejecutivo ordenó derogar el Capítulo III Promoción de la Competencia que comprende del artículo 30 al 86, así como la derogatoria de los numerales 110, 155, 164, 182, 184, 188 y 191)