Reglamento
Artículo 59 — Permiso de venta de explosivos permitidos y sus aditamentos — Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 75845
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
De las inscripciones y tipos de permisos
CAPÍTULO II
De los permisos
SECCIÓN VI
Permiso de venta de explosivos permitidos y sus aditamentos
Artículo 59
Permiso de venta de explosivos permitidos y sus aditamentos
Vigente desde 17 de octubre de 2013 · texto SINALEVI
El permiso de venta de explosivos permitidos y sus aditamentos, se solicita ante el Departamento y faculta al negocio comercial para vender explosivos permitidos en el país, con fines industriales, agrícolas, de minería y similares. El permiso se extenderá por el término de un año, podrán ser renovados por períodos iguales observándose el mismo trámite de la primera vez o vez anterior e indicando en la solicitud que se trata de renovación. No es necesario la presentación de aquellos documentos que el solicitante haya aportado y que conserven su vigencia.