Reglamento
Artículo 43 — Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 75845
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
De las inscripciones y tipos de permisos
CAPÍTULO I
De las inscripciones
SECCIÓN II
De la inscripción de los establecimientos comerciales
Artículo 43
Vigente desde 17 de octubre de 2013 · texto SINALEVI
Trámite de la solicitud de inscripción de los establecimientos comerciales para la venta habitual de Armas Permitidas y su Munición. Después de recibir la solicitud de inscripción de establecimientos comerciales dedicados a la venta habitual de armas y municiones, la Dirección tendrá un mes para resolver. Dentro de este plazo ha de comprobar la veracidad de los documentos adjuntos al formulario electrónico de solicitud y realizará la inspección del establecimiento. En caso de se tengan por satisfechos los requisitos establecidos en la ley y el presente reglamento, La Dirección extenderá la resolución correspondiente mediante El Sistema.