Reglamento
Artículo 136 — Casillero electrónico — Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 75845
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Utilización y funcionamiento del Sistema
CAPÍTULO II
Comunicaciones y notificaciones
El Sistema generará un casillero electrónico para cada usuario registrado. Corresponde al Departamento notificar por el Sistema de casillero electrónico a los usuarios registrados. Es responsabilidad del usuario revisar su casillero electrónico con la frecuencia oportuna para conocer las notificaciones que se le han realizado.